Sentencia obliga a Ney Arias a indemnizar con 10 millones de pesos a paciente por amputación causada por infección

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Centros de salud responsables por infecciones hospitalarias: Suprema Corte de Justicia establece precedente en caso Ney Arias

La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) ha emitido un fallo trascendental que establece la responsabilidad de los centros de salud en las infecciones adquiridas por los pacientes durante su hospitalización.

 Esta decisión surge a raíz de un caso en el que el hospital Ney Arias Lora fue condenado a indemnizar con 10 millones de pesos a un paciente que sufrió la amputación de una pierna debido a una infección contraída en sus instalaciones.


La sentencia, identificada como núm. SCJ-TS-24-0126 y emitida el 31 de enero de 2024, surgió como resultado de una demanda por responsabilidad patrimonial. En ella, la SCJ rechazó el recurso de casación presentado por el Hospital Traumatológico Dr. Ney Arias Lora contra una sentencia previa de la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo. Esta última sentencia, identificada como núm. 0030-1642-2023-SSEN-00268, condenó al centro de salud al pago de una indemnización de diez millones de pesos dominicanos por daños materiales y morales sufridos por un paciente que perdió su pierna derecha debido a una infección adquirida en el hospital.


En sus argumentos, la sentencia establece que los centros de salud tienen la obligación de garantizar la seguridad de los pacientes y adoptar las medidas necesarias para prevenir accidentes e infecciones que puedan surgir durante su estancia en las instalaciones médicas. Esto incluye la implementación de protocolos que abarquen desde el transporte adecuado de enfermos hasta métodos de limpieza y esterilización, pasando por procedimientos de seguridad, desinfección y control de visitas.


La sentencia subraya que, aunque existan agentes patógenos cuyo control total resulte difícil, la ocurrencia de enfermedades intrahospitalarias no puede escapar a los controles implementados por la institución correspondiente. En este sentido, la aleatoriedad de que un paciente adquiera una enfermedad dentro del centro de salud constituye un evento que debe ser abordado mediante medidas preventivas adecuadas.


Este fallo sienta un importante precedente en materia de responsabilidad de los centros de salud en la protección de la salud y seguridad de los pacientes, estableciendo estándares que deberán ser cumplidos para prevenir y mitigar los riesgos de infecciones hospitalarias.


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